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Examen de Cáncer de Mama: Ley Nº 21.551 “ exime del requisito de orden médica para examen preventivo de mamografía y establece obligaciones a los prestadores de salud"

Examen de Cáncer de Mama: Ley Nº 21.551 “ exime del requisito de orden médica para examen preventivo de mamografía y establece obligaciones ...




Examen de Cáncer de Mama: Ley Nº 21.551 “ exime del requisito de orden médica para examen preventivo de mamografía y establece obligaciones a los prestadores de salud"



Prevenir y tratar el cáncer de mama

El cáncer de mama es considerado uno de los principales problemas de salud pública en el mundo, y en Chile es la primera causa de muerte de mujeres en edad reproductiva. Por ello, esta patología se encuentra incluida en el plan de Garantías Explícitas en Salud (AUGE o GES).

Importante:


Desde ahora, la mamografía es copago 0 para todas las personas de Fonasa en los centro de salud del sistema público (Cesfam, consultorios, Centro de Diagnóstico Terapéutico, Centro de Referencia de Salud u hospitales).

Quienes soliciten la realización del examen preventivo de mamografía no necesitarán un orden médica.

Todas las mujeres, de entre 50 y 69 años de edad, tiene derecho a una mamografía gratis cada 3 años para detectar el cáncer de mama. Las personas con el examen alterado son casos AUGE y deben ser derivadas a un médico especialista.

¿Dónde se solicita una mamografía?

En los centros de salud familiar o en algún centro radiológico en que la comuna tenga convenio. Esta debe pertenecer al plan de medicina preventiva.

Si tiene entre 50 y 69 años debe acercarse a un consultorio e inscribirse para realizarse la mamografía preventiva.

Si está fuera de ese rango, debe acudir al consultorio donde un doctor o una matrona extenderá una orden para hacerse la mamografía. Si tiene cualquier antecedente o indicio de cáncer, esta mamografía es gratuita. Si no, debe cancelarla.

La recomendación es averiguar si su municipio ha establecido convenios con centros radiológicos para acceder a mamografías gratuitas fuera del sistema público.

¿Qué implica la nueva ley?
La iniciativa que ya fue promulgada en el Diario Oficial, elimina la obligación de presentar una orden médica para realizar una mamografía preventiva.

Obliga a los prestadores de salud a informar a las personas de su carácter gratuito. Además, quien tome el examen deberá informar oportunamente a la paciente si se presentan resultados alterados o si debe complementar la mamografía con otros estudios.

Asimismo, la superintendencia de Salud será el órgano encargado de emitir instrucciones requeridas para dar cumplimiento a lo dispuesto en la norma.

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